La justificación de una "guerra" contra el narcotráfico y el terrorismo no puede ser un cheque en blanco para desdibujar los límites entre defensa y seguridad interior, especialmente en una región con tanta población indígena y trabajadores informales, quienes son los primeros en sufrir las consecuencias de estas medidas
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Sala virtual de la audiencia |
Esta mañana, en la audiencia crucial convocada por el Juez
Federal de Orán, Dr. Gustavo Montoya, la Asociación Miguel Ragone, junto a las
organizaciones de la Mesa de Derechos Humanos de Salta; y la Asociación de Ciudadanía
del Consumidor (CDC Asoc Civil) con sede en La Plata, presidida por el abogado
Marcos Erregue, tuvimos la oportunidad de alzar nuestra voz. Estuvimos
representados por Fernando Pequeño Ragone, presidente de la Asoc Ragone y Blanca
Silvia Lescano, en nombre de las organizaciones vinculadas a las causas del
terrorismo de estado y familiares de desaparecidos, Elena Rivero y Elia
Fernández. Nuestro patrocinio legal estuvo a cargo del Dr. Martín Plaza. La CDC
Asoc Civil, contó con el patrocinio del
Dr. Guillermo Anderson.
Del otro lado, en representación del Ministerio de Defensa
de la Nación, estuvieron la Lic. Luciana Carrasco (Jefa de Gabinete), el
Comandante General Fundi (General de Brigada y Comandante de Operaciones
Conjuntas) y el Dr. Augusto Guruciega (Director General de Asuntos Jurídicos).
La sala virtual se convirtió en un escenario donde se contrastaron visiones
fundamentales sobre el rol del Estado, la seguridad y, sobre todo, la
protección de los derechos humanos.
Nuestra Misión en la Audiencia: Evitar la Militarización y Proteger la
Libertad
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Juez Federal de Orán, Montoya |
Nuestra presencia en esta audiencia se dio en el marco del hábeas corpus colectivo y preventivo que interpusimos. Nuestro objetivo central es que el Ministerio de Defensa explique, de forma clara y sin ambigüedades, los alcances de lo que han llamado "Operación Roca". Nuestra preocupación no es menor: tememos que esta operación implique una potencial restricción o privación de la libertad ambulatoria de las personas, y que los decretos y resoluciones que la sustentan sean, en realidad, inconstitucionales.
Nosotros atacamos la validez constitucional de la
Resolución 347 y el Decreto de Necesidad y Urgencia 1112/2024, así como el
Decreto 117/2024. Creemos firmemente que estas normativas son contrarias a
las garantías que nos da nuestra Constitución y que, bajo el pretexto de la
"seguridad", buscan militarizar zonas y funciones que, por ley y por
historia, corresponden exclusivamente a las fuerzas de seguridad civil. Por
eso, solicitamos al juez una medida cautelar urgente para que esta operación
sea frenada antes de que cause un daño irreparable.
Nuestros Argumentos: La Memoria es Nuestra Guía
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Dr. Martín Plaza, por Asoc Ragone y Mesa DDHH |
Una de nuestras mayores alarmas es la ausencia de un
protocolo de actuación claro y preestablecido. Como Asociación Ragone,
sabemos que sin un protocolo definido, el "debido proceso" se vulnera
claramente. Aunque el Ministerio dijo que están "trabajando" en uno,
la sola falta de este documento antes de un despliegue de tal magnitud agrava
nuestra preocupación.
Asimismo, insistimos en la gravedad de que las reglas de
empeñamiento de la Operación Roca se mantengan en secreto. Esta reserva
afecta directamente el debido proceso y profundiza nuestra alarma ante la
posible violación de derechos básicos, como la libertad ambulatoria. Para
nosotros, es inaceptable que estas reglas, que definirán cuándo y cómo se usa
la fuerza, sean confidenciales. ¿Cómo podremos garantizar que no se utilicen
para la detención de civiles, que es precisamente nuestro mayor temor?
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Dr. Marcos Erregue, presidente de la CDC Asoc Civil |
Blanca Lescano, representando a las organizaciones de
derechos humanos vinculadas a las causas del terrorismo de estado, dejó claro
que nuestra preocupación nace de nuestra propia identidad y de la trágica
experiencia histórica argentina. Nuestra Asociación lleva el nombre de un
gobernador "detenido desaparecido previo al golpe de estado".
Esta historia nos obliga a estar en alerta máxima cuando se habla de otorgar
facultades policiales a las Fuerzas Armadas.
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Dr. Guillermo Anderson, representante letrado de CDC Asoc Civil |
El Dr. Guillermo Anderson, con total acierto, preguntó al Ministerio sobre la falta de precisión respecto a los lugares de detención y los protocolos exactos que se usarían para las detenciones, así como el tiempo en que las personas serían puestas a disposición de las autoridades. Remitiéndonos a los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, exigimos una determinación y especificación claras de estos criterios. Vimos una contradicción flagrante: el Ministerio dice que no intervendrá en seguridad interior, pero al mismo tiempo menciona la aplicación del Código Procesal Penal Federal para detenciones.
Para nosotros, la conjunción de los decretos cuestionados "invierte
la excepcionalidad" prevista en el Código Procesal Penal Federal para
detenciones transitorias, ampliando casi hasta el infinito la potestad del
Poder Ejecutivo de definir "objetivos de valor estratégico" de manera
"absolutamente libre". Nos preguntamos por qué estos decretos, que
impactan tan profundamente en la política de defensa y en la vida de las
personas, no fueron presentados como proyectos de ley al Congreso. También
solicitamos copia del dictamen jurídico previo que, supuestamente, fundamenta esta
facultad exclusiva del Poder Ejecutivo.
La Respuesta del Ministerio de Defensa: Una Visión Encontrada
Desde el Ministerio, la Lic. Luciana Carrasco insistió en la "improcedencia" de nuestra acción, tachándola de "ideológica" y de buscar "tergiversar la legítima y necesaria actuación del Estado nacional en la protección de la soberanía". Para ellos, la "Operación Roca" es puramente militar, no de seguridad interior, algo que el Comandante General Fundi reafirmó con vehemencia.
El Ministerio defendió la idea de que, en caso de
"aprehensión en flagrancia", las Fuerzas Armadas están habilitadas a
actuar "como cualquier persona", según el Código Procesal Penal
Federal. Sin embargo, para nosotros, equiparar a un militar con un ciudadano
común en el ejercicio de la fuerza y la detención es, cuanto menos, riesgoso.
Sobre las reglas de empeñamiento, Carrasco dijo que no
tienen que ver con la detención sino con la legítima defensa, y que son
"reservadas y secretas" por "seguridad de las fuerzas".
Para nosotros, esto es inaceptable, pues la opacidad solo genera más
desconfianza y temor. Aunque prometieron "cámaras corporales" en los
soldados y comunicación satelital para la transparencia y la
"inmediatez", y aseguraron que la operación "aún no está
desplegada", estas promesas no disipan nuestra preocupación si los
protocolos no son claros y públicos.
El Dictamen Fiscal y la Decisión del Juez: Un Golpe a Nuestras Expectativas
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Fiscal Federal Marcos Romero |
Finalmente, el Juez Federal, Dr. Gustavo Montoya, adelantó
que no haría lugar al hábeas corpus. Su argumento se basó en el
"contexto actual" y la "evolución social" de las
instituciones democráticas desde 1983, que permiten este tipo de audiencias.
Invocó un criterio de la Corte Suprema que establece una "disminución de la
expectativa de privacidad" en zonas sensibles de frontera, diferenciando
este contexto de casos urbanos como Fernández Prieto o Tumbeiro.
El Juez afirmó que el Poder Ejecutivo, en uso de sus
facultades, no pone en riesgo la libertad ambulatoria y que la democracia
argentina tiene mecanismos de autocontrol. Subrayó que la Operación Roca se
limitará a "zonas suburbanas, en zonas rurales" y "en zonas
donde no constituyan pasos fronterizos habilitados legalmente o zonas
urbanas", no en ciudades.
Montoya se refirió al narcotráfico como un "flagelo
preocupante" y argumentó que "esas yo creo que son las nuevas guerras
que tenemos que librar y en esa guerra tenemos que estar todos juntos".
Consideró que la flagrancia habilita la intervención de cualquier ciudadano,
incluyendo a las Fuerzas Armadas, para "colaborar con la seguridad en
materia de ingresos exteriores, de por ejemplo células terroristas, de
actividad de narcocriminalidad".
Concluyó que su decisión se basa en una ponderación de
bienes jurídicos, priorizando la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo
que "desintegra nuestro país" sobre la preocupación por la libertad
ambulatoria. Adhirió al dictamen fiscal y rechazó nuestro hábeas corpus, aunque
nos informó de nuestro derecho a recurrir.
Nuestras Conclusiones y lo que Vendrá
Esta audiencia fue un termómetro de la tensión que vivimos.
Si bien el Juez y el Ministerio de Defensa sostienen la legalidad y
constitucionalidad de la "Operación Roca", para nosotros, la
militarización de la frontera es un camino extremadamente peligroso. La
distinción entre "detención" y "aprehensión en flagrancia"
sigue siendo un punto crítico: por más que digan que el ejército no tiene
facultades policiales, el solo hecho de que puedan realizar "aprehensiones"
en flagrancia en zonas de frontera, sin un protocolo claro y público, nos
mantiene en alerta máxima.
La promesa de "cámaras corporales" y el
"monitoreo permanente" del Fiscal son importantes, pero no
suficientes si el marco legal permite una interpretación tan amplia de la
intervención militar. Para nosotros, la justificación de una
"guerra" contra el narcotráfico y el terrorismo no puede ser un
cheque en blanco para desdibujar los límites entre defensa y seguridad
interior, especialmente en una región con tanta población indígena y trabajadores
informales, quienes son los primeros en sufrir las consecuencias de estas
medidas.
Como Asociación Miguel Ragone, nuestra lucha no termina
aquí. La decisión del Juez nos duele, pero reafirma nuestra convicción de que
debemos seguir vigilantes y utilizar todos los recursos legales a nuestro
alcance. Haremos uso de nuestro derecho a recurrir esta decisión, porque
la memoria de Miguel Ragone y de todos los que lucharon por los derechos
humanos nos impulsa a seguir exigiendo que el "Nunca Más" sea una
realidad viva en cada rincón de nuestra patria, especialmente en nuestra
frontera norte.